Ciudad de México.- La Sala Superior del Tribunal Electoral confirmó el triunfo del emecista Pablo Lemus como Gobernador electo de Jalisco.
Sin discusión, los magistrados respaldaron la propuesta de su homólogo Felipe Fuentes de desestimar las acusaciones de Morena y su ex candidata Claudia Delgadillo de irregularidades que obligaban a anular la elección.
Los morenistas acusaron al Instituto Electoral y al Tribunal Electoral estatales de parcialidad, la intervención de funcionarios estatales y la iglesia en el proceso, así como falta de cuidado en la cadena de custodia. Sin embargo, el magistrado ponente consideró que, tras analizar 57 tomos de la denuncia, las pruebas eran insuficientes.
Al defender su proyecto, recordó que la ley es clara sobre la exigencia que se pide a los quejosos para anular una elección, pues ésta es la sanción más severa en el ámbito electoral, además de que atenta contra la voluntad ciudadana que acudió a las urnas.
“La nulidad exige una demostración clara y contundente de que las irregularidades ocurrieron y que influyeron decisivamente en el resultado, y en el caso no aconteció. Las irregularidades denunciadas no fueron acreditadas con la fuerza aprobatoria necesaria para alcanzar el objetivo planteado por los inconformes.
“No sólo no se demostró que dichas anomalías tuvieran un impacto sustancial, sino que además la diferencia entre el primer y el segundo lugar fue más de 180 mil votos, lo que refuerza la solidez del resultado electoral. Se propone ratificar la validez de la elección porque no se acreditaron irregularidades de carácter generalizado”, argumentó.
En cada apartado, detalló, el partido y la ex candidata no demostraron de manera clara, suficiente y sin ambigüedades las irregularidades.
Por ejemplo, expuso Fuentes, se alega que funcionarios participaron como representantes de Movimiento Ciudadano ante 11 de los 20 consejos distritales, pero, argumentó el juez electoral, no lo demostró, sólo entregó un listado de nombres.”(Los quejosos) pretenden evidenciar una actuación parcial tanto del IEPCJ y de sus órganos desconcentrados, así como del Tribunal local alegando que sus actuaciones mermaron la equidad en la contienda e influyeron en los resultados de la elección para renovar a la Gubernatura.
“No obstante, todas las conductas que reprocha se tratan de apreciaciones subjetivas en cuanto a la forma en que se desarrolló y calificó el referido proceso electoral que, en modo alguno, implican incumplimiento de deberes o prohibiciones o bien, una actuación negligente o con dolo para beneficiar a una determinada fuerza política”, establece la sentencia.
Tampoco le asiste la razón a Morena en sus acusaciones sobre mal manejo de los paquetes electorales, violación a la cadena de custodia y discrepancia entre los votos recibidos en esa elección frente a la presidencial.
Fuentes también consideró que no se confirma un agravio relacionado con violencia política de género, ya que no se presentaron pruebas de una campaña que utilizara estereotipos de género contra Delgadillo, ni que las frases pronunciadas por Lemus en los debates o medios pudieran afectarla.
El magistrado afirmó que si bien se considera que el cálculo realizado por la autoridad entre el primer y segundo lugar fue incorrecto, pues no se contemplaron los votos nulos, pero el error por sí solo no afecta la validez de la elección, sólo es un fallo técnico que no alcanza un nivel de gravedad.
Por ello, se confirma que Lemus ganó la elección con un millón 626 mil 789 votos contra el millón 440 mil 24 votos.
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