El Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) aprobó los criterios relativos a la distribución del tiempo del Estado en radio y televisión para el Proceso Electoral Extraordinario del Poder Judicial de la Federación (PEEPJF) 2024-2025, la elección extraordinaria de los Poderes Judiciales Locales, los Procesos Electorales Locales en los estados de Durango y Veracruz 2024-2025, así como el período ordinario durante 2025, en acatamiento a una sentencia dictada por la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).
En este sentido, el INE realizó los ajustes en la asignación considerando tres escenarios: entidades federativas con elección de personas juzgadoras federales; entidades con elección de personas juzgadoras federales y locales, así como entidades con procesos electorales locales concurrentes con la elección de personas juzgadoras federales y locales (Durango y Veracruz).
En el primer escenario el INE dispondrá de 24 minutos, que se distribuirán entre las autoridades electorales federales y locales, a fin de garantizar su derecho a los medios de comunicación y la difusión del PEEPJF, así como entre los partidos políticos para garantizar su prerrogativa de radio y televisión correspondientes al periodo ordinario.
Del tiempo que el Instituto administrará para la promoción de la elección judicial se distribuirá 80 % para el INE y 10 % para el TEPJF y 10 % para la Fiscalía Especializada en materia de Delitos Electorales (FISEL).
Para el segundo escenario, el INE dispondrá de 24 minutos, que se distribuirán entre las autoridades electorales federales y locales para la consecución de sus propios fines y para la difusión, preferente, de las elecciones extraordinarias del Poder Judicial Federal y Locales, así como entre los partidos políticos para garantizar su prerrogativa de radio y televisión correspondiente al periodo ordinario.
Se asignará el 70 % del tiempo disponible en radio y televisión al INE y otras autoridades electorales federales (TEPJF y FISEL) y el 30 % restante se dividirá entre las autoridades electorales locales.
Para el tercer escenario, se considera el tiempo que el INE administrará durante las etapas de intercampaña y campaña de los Procesos Electorales Locales de Durango y Veracruz, en concurrencia con la elección de personas juzgadoras federales y locales.
En intercampaña, de los 48 minutos que administra el INE, 24 minutos serán para autoridades electorales federales y locales y 24 minutos para los partidos políticos. En campaña, las autoridades electorales tendrán siete minutos y los partidos políticos 41 minutos. Del tiempo disponible en radio y televisión para las autoridades lectorales, se asignará 70 % a las federales y el 30 % restante se dividirá entre las locales.
Se asignan tiempos de radio y tv para periodo ordinario
En otro punto de la sesión ordinaria, la autoridad electoral determinó la asignación de tiempo en radio y televisión para las autoridades electorales durante el segundo trimestre de 2025, correspondiente al periodo ordinario, de conformidad con los siguientes criterios específicos:
a) A las autoridades electorales locales en las entidades en las que no se celebren elecciones locales, que presentaron oportunamente su solicitud, se les asignará 25 % del tiempo disponible, el cual se distribuirá en partes iguales y, el 75 % restante, se asignará al INE para el cumplimiento de sus fines.
b) A las autoridades electorales de las entidades federativas en las que se celebre algún mecanismo de democracia directa o participativa, que presentaron oportunamente su solicitud, del tiempo disponible se les asignará: 40 % al INE; 40 % al Organismo Público Local Electoral y el 20 % restante se dividirá en partes iguales entre las demás autoridades electorales locales.
Se realiza la fiscalización de elecciones locales
Al continuar con el desarrollo de la sesión, el pleno analizó y aprobó en lo general 19 proyectos de resolución respecto a procedimientos administrativos sancionadores y de queja en materia de fiscalización instaurados en contra de Partidos Políticos Nacionales, de los cuales 18 fueron infundados, desechados o sobreseídos y uno, resultó fundado, por lo que se impuso una sanción al Partido Revolucionario Institucional (PRI) de 16.8 millones de pesos por omitir reportar con veracidad un gasto y se dio vista a la Unidad de Inteligencia Financiera.
Enseguida, las consejerías aprobaron los dictámenes consolidados respecto de la revisión de los informes de ingresos y gastos de apoyo de la ciudadanía de las personas aspirantes y precampaña de los partidos políticos, a los cargos de presidencias municipales correspondientes al Proceso Electoral Local Ordinario 2024-2025 en el estado de Durango, que propone sanciones globales a los partidos Movimiento Ciudadano, Morena y a un candidato independiente, por un total global de 821 mil 038 pesos.
También, en cumplimiento a lo ordenado por la Sala Regional Ciudad de México se desechó una queja en materia de fiscalización, instaurada en contra del PRI y su presunto precandidato a la Presidencia Municipal de Pachuca de Soto, Benjamín Rico Moreno, en el marco del proceso electoral local ordinario 2023-2024, en el estado de Hidalgo.
Posteriormente, avalaron los Lineamientos para reintegrar el remanente, no ejercido o no comprobado, del financiamiento público otorgado a los partidos políticos nacionales y locales para el desarrollo de sus actividades ordinarias, específicas y de campaña, aplicables a partir del Informe Anual 2024 y de los Procesos Electorales 2024-2025.
Al continuar con el desarrollo de la sesión, el Consejo General dio cumplimiento a ocho sentencias de las Salas Superior y Regional Monterrey del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) en materia de fiscalización.