l año pasado, se modificó la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita, donde ya se considera al arrendamiento de inmuebles como una actividad vulnerable de lavado de dinero.
Esto ocurre cuando el monto mensual de la renta supera en mil 605 veces la UMA, aproximadamente, 181 mil 589 pesos mensuales.
Cuando se rebasa esta cantidad, el arrendador del inmueble debe registrarse ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT) dentro del padrón de actividades vulnerables y dar un aviso por cada contrato que supere este monto mensual de renta.
Se puede tratar de una casa, un departamento, una o varias bodegas o cualquier inmueble.
Incluso se pueden sumar, es decir, si una sola persona renta cinco bodegas por más de 181 mil pesos al mes, se debe dar aviso al SAT.
Sergio Guizar, socio de Zavala Abogados y especialista en derecho fiscal, explicó que, el arrendamiento de inmuebles puede ser una actividad susceptible de lavado de dinero y se está buscando fiscalizar estar operaciones con mayor exactitud.
“Simulas un arrendamiento y lo ocupas para otros fines, esa cantidad que es para rentar la usan para deducir de impuestos. Es una operación simulada que afecta al fisco porque, por un lado, no se reporta y por otro se deduce”, explicó.
El lavado de dinero en la renta de inmuebles se puede dar cuando se paga en efectivo el alquiler y se desconoce el origen del dinero; cuando el que habita el inmueble no es el mismo que paga la renta; cuando varias empresas pagan una sola renta; cuando no se ocupa el inmueble; o cuando varias personas están incluidas en un mismo contrato de arrendamiento, entre otros.
Miguel Saucedo, especialista en materia inmobiliaria y testamentaria, comentó que, desde 2001, con el ataque a las Torres Gemelas en Estados Unidos, se ha estado buscando eliminar el manejo de efectivo a nivel mundial para combatir el terrorismo y el narcotráfico.
A México se le ha pedido evitar el manejo de efectivo por el tema del narcotráfico y el lavado de dinero que existe alrededor de muchas actividades. Uno de los puntos donde había un gran hueco era en los arrendamientos.
“Estamos hablando de arrendamientos donde la renta mensual es de 2 o 3 millones de pesos. La propia Ley tenía un límite de manejo de operaciones en efectivo, por persona. El tope máximo para pagar en efectivo de una renta era hasta 10 mil pesos por persona. Ahora viene esta reforma con el afán de eliminar el efectivo y ahora se permiten hasta 181 mil 589.70 pesos por contrato, no por persona”, detalló.
Sobre qué tan recurrente es el problema, Saucedo comentó que “no hay una estadística o dato duro”, pero sí era un agujero donde se podían meter arrendamientos para lavar dinero.
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