La presencia de ministros o asociaciones de culto, sindicatos o líderes gremiales y organizaciones empresariales o corporativas en la elección judicial pone en riesgo de anulación los triunfos en las urnas, de comprobarse alguna injerencia indebida, alertan expertos electorales.
Resaltan que las reglas les permiten cierta participación en el proceso. Eso, aunado a una menor observación, pone a la primera elección de juzgadores en la mira de una posible intervención de esas organizaciones.
Ante el acercamiento que muchos aspirantes han tenido con organizaciones, grupos políticos y gremiales debido a las limitaciones para hacer campaña en esta elección inédita, es que expertos en temas electorales advierten que la ley es clara en el sentido de las limitaciones y posibilidades que tienen estos actores.
Dania Ravel, consejera del Instituto Nacional Electoral, precisó los supuestos en los que organizaciones sindicales, religiosas, incluso empresariales o asociaciones civiles pueden participar en la elección. En ningún caso está contemplado que puedan apoyar formalmente a un candidato.
“¿Qué sí pueden hacer los sindicatos? Organizar foros de debates. Entonces, sí podría organizar un sindicato un foro de debate cumpliendo ciertas reglas que nosotros dimos para que se garanticen condiciones de equidad, como invitar por lo menos a la mitad de los aspirantes a participar”, dijo.
MENOS PARTICIPACIÓN Y MAYOR AUSTERIDAD
Para Arturo Sánchez, exconsejero electoral y profesor investigador del Tecnológico de Monterrey, el hecho de que no participen partidos políticos en esta elección la hace menos vigilada, pues no hay un interés de ninguna parte en evitar fraudes e intromisiones de este tipo de organizaciones.
Precisó que otro riesgo para que grupos sindicales, empresarios, organizaciones religiosas e incluso el crimen organizado puedan colar sus intereses en los candidatos a juzgadores consiste en la poca participación ciudadana.
La consejera Dania Ravel precisó que las organizaciones religiosas no tienen permitido ni llamar al voto particular en favor de algún candidato ni para organizar foros de debate o de exposición de perfiles. Esto último sí lo tienen permitido los sindicatos y los grupos empresariales.
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