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Home ENTRE GRILLOS Y CHAPULINES
Denuncian al Toño por utilizar recursos públicos

Arrastrado y lo que le sigue

Hiram Rodríguez by Hiram Rodríguez
12 enero, 2026
in ENTRE GRILLOS Y CHAPULINES
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Entre Grillos y Chapulines. Por: Hiram Rodríguez

Después de que la semana pasada, el tiro se diera entre el Congreso del Estado y el Ayuntamiento de Hermosillo, en el tema de la prohibición de las foto-multas y la ilegalidad en la que caería la autoridad municipal en este caso el departamento de Tránsito de Hermosillo, en donde la diputada Vicky Espinoza presidenta de la mesa directiva del Congreso y la regidora Fany Duarte le dijeron al alcalde #ToñoFugas cuánto son dos más dos, todavía los “vidamía” del Ayuntamiento en su desesperación para que no se les retirara de la legalidad una treta más para recaudar dinero de los hermosillenses y de los sonorenses que llegan a Hermosillo, para seguir pagando con recursos malnacidos y “malcobrados”, la campaña oficial del munícipe de las fugas, los baches y la inseguridad, por lo que desde Comunicación Social, mandan a defender el punto al regidor Onésimo Aguilera… ¡Peeeeer faveeeer!

El tema era muy simple, la defensa de las foto-multas, pero, el regidor Onésimo Aguilera se puso a hablar maravillas de la señora Paty Ruibal, esposa del alcalde, (que coincido con lo bien que habló de ella), también tocó el tema de lo bonito del paso a desnivel y le cromó las bolas al alcalde durante toda la entrevista, pero, lo único que no hizo, fue para lo que lo habían mandado, defender las foto multas, esto sucedió en el espacio de la colega Solangel Ochoa, quien en su manera frontal de cuestionar a los actores políticos a la hora de hacer periodismo, se reía del regidor por sus desvaríos y por querer defender lo indefendible, sin argumentos, y esquivando el tema principal. Parece que al regidor le dijeron que la entrevista era a modo, y Onésimo pensó que le iban a hacer el día en rosa, que por cierto, en la ley de Movilidad esa que dice Onésimo que hizo AMLO, no vi artículo alguno que diga que existen, por lo que le pedimos desde este humilde espacio al regidor Onésimo Aguilera que nos haga llegar el artículo de la ley de movilidad en donde dice que las foto-multas son legales, o por lo menos que digan que existen.

A final de cuentas entiendo que la manera arrastrada y zalamera a favor del alcalde del regidor Onésimo Aguilera tiene una intención electorera y “quedabien”, pero el punto es que lo que el área de comunicación ve en la intervención del regidor, es que no pela un chango a nalgadas a la hora de defender el proyecto más tramposo que ha pisado Hermosillo después del “Maloro”.

Por otro lado, en la rueda de prensa que dieron la diputada Vicky Espinoza y la regidora Fany Duarte en el Congreso del Estado,nos dimos cuenta que ni siquiera la ley de Movilidad, (esa que dijo un colega en la rueda de prensa que AMLO), está bien aplicada, y una vez más, el alcalde y su grupo de ratones se están sirviendo con la cuchara grande, porque hay carriles en los que el límite puede llegar a ochenta kilómetros por hora sin percibir multa, por lo que una vez más le dejo la ley para que usted se deleite al leerla y ver que el alcalde y sus ratones la aplican como les da la gana para joderse a los hermosillenses y pagar su campaña.

Ley General de Movilidad y Seguridad Vial

“Artículo 49. Medidas mínimas de tránsito.

La Federación, las entidades federativas y los municipios deberán incluir en sus reglamentos de tránsito disposiciones respecto de las medidas mínimas de tránsito, así  como su aplicación y supervisión de éstas, atendiendo y salvaguardando la seguridad, protegiendo la vida y la integridad física de las personas en sus desplazamientos bajo el principio de que toda muerte o lesión por siniestros de tránsito es prevenible.

Las autoridades de los tres órdenes de gobierno establecerán, en su normativa aplicable, las sanciones correspondientes a quienes infrinjan las medidas mínimas establecidas en el presente artículo.

Por lo anterior los reglamentos de tránsitos y demás normatividades aplicables tendrán que regirse bajo las siguientes características mínimas:

I. Que las personas conductoras cuenten con licencia o permiso de conducir vigente, la cual deberá ser la adecuada para el tipo de vehículo que se pretenda operar;

II. La preferencia del paso de personas peatonas en el cruce de vías públicas de acuerdo con el diseño y funcionalidad de éstas, de conformidad con la jerarquía de la movilidad;

III. El establecimiento de límites de velocidad con base en evidencia científica de carácter

nacional o internacional, a fin de mantenerlas por debajo de un umbral de seguridad

indispensable para salvaguardar la vida y la integridad de las personas usuarias; por lo que las velocidades máximas no deberán rebasar las siguientes:

a) 20 km/h en zonas de hospitales, asilos, albergues y casas hogar. Inciso adicionado DOF 08-05-2023

b) 20 km/h en zonas y entornos escolares en vías secundarias y calles terciarias; y hasta

30 km/h en zonas y entornos escolares en vías primarias y carreteras. Inciso adicionado DOF 08-05-2023

c) 30 km/h en calles secundarias y calles terciarias. Inciso recorrido DOF 08-05-2023

d) 50 km/h en avenidas primarias sin acceso controlado. Inciso recorrido DOF 08-05-2023

e) 80 km/h en carriles centrales de avenidas de acceso controlado. Inciso recorrido DOF 08-05-2023

f) 80 km/h en carreteras estatales fuera de zonas urbanas; 50 km/h dentro de zonas

urbanas. Inciso recorrido DOF 08-05-2023

g) 110 km/h para automóviles, 95 km/h para autobuses y 80 km/h para transporte de

bienes y mercancías en carreteras y autopistas de jurisdicción federal. Inciso recorrido DOF 08-05-2023

h) Ninguna intersección, independientemente de la naturaleza de la vía, podrá tener

velocidad de operación mayor a 50 km/h en cualquiera de sus accesos. Inciso recorrido DOF 08-05-2023”

Para hablar del inciso “E” que habla de los carriles centrales de avenidas de acceso controlado, primeramente le comento cuales son dichas avenidas y le pongo ejemplo de algunas: Son aquellas donde existe entrada a fraccionamientos o bien, a comercios, por ejemplo el bulevar Morelos, bulevar Kino, la Rosales, Solidaridad, Progreso, Paseo del Río, Camino del Seri, entre otros, por lo que los ciudadanos debemos tener claro este punto, ya que la autoridad no lo tiene y por eso nos multan, incluso, Diputados y Regidores pareciera que no supieron lo que se aprobó y no hacen valer la ley, y el Ayuntamiento se cubre diciendo que esta ley la hizo AMLO… Consejo: lean la ley Diputados y Regidores y háganla valer.

Oremos por las mentirillas del Ayuntamiento

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