La recién electa jueza en materia Penal del Circuito 2 en Sonora, Blanca Diva Ponce Caro, asumió un cargo operativo dentro de la estructura de Morena en el municipio de Cajeme, lo que presuntamente comprometería la imparcialidad de sus funciones en el Poder Judicial.
De acuerdo con el marco normativo del estado de Sonora y la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, las personas impartidoras de justicia en funciones tendrían prohibido asumir representaciones de carácter político o de particulares.
Jueza toma protesta en la estructura de Cajeme
La integración de una impartidora de justicia en activo a una posición dentro de una organización partidista se concretó durante los trabajos de despliegue territorial del movimiento oficialista en el norte del país.
El dirigente local de Morena, David Mendoza, tomó protesta formal a 246 presidentes y secretarios ejecutivos del partido, grupo en el que se incluyó a Blanca Diva Ponce Caro como Secretaria Ejecutiva de uno de los Comités Seccionales.
“En Cajeme seguimos dando pasos firmes en la construcción de un movimiento más cercano, organizado y comprometido con la gente, con la integración del Consejo Municipal. La participación y el trabajo en unidad son fundamentales para seguir fortaleciendo la transformación desde cada comunidad”, difundió el dirigente local del partido, David Mendoza, a través de sus redes sociales.
Las funciones operativas asignadas por Morena a la juzgadora
De acuerdo con Reforma, las responsabilidades asignadas a estos liderazgos operativos se rigen bajo los Lineamientos de Operación de los Comités aprobados en julio de 2025 por el Consejo Nacional de Morena, un órgano presidido por el gobernador de Sonora, Alfonso Durazo.
Dichos estatutos señalan que las funciones de estos comités consisten en promover activamente las acciones del partido, realizar llamados al voto ciudadano y distribuir el periódico oficial Regeneración.
Asimismo, la exdirigente nacional de la institución política, Luisa María Alcalde Luján, detalló en su momento que estos comités sectoriales tienen la instrucción de agrupar a la militancia de base para posteriormente reunirse en el Consejo Municipal correspondiente con el objetivo de rendir informes detallados de sus actividades.
La prohibición en la Constitución del Estado de Sonora
El ejercicio simultáneo de una función jurisdiccional penal y una cartera de movilización vulnera el artículo 123 de la Constitución Política del Estado de Sonora.
El texto local de la norma suprema determina restricciones puntuales para impedir el uso faccioso o la subordinación de los juzgadores ante intereses gubernamentales, municipales o de carácter privado, configurando una clara incompatibilidad con las obligaciones del servicio público.
“Los Magistrados del Supremo Tribunal de Justicia, los Magistrados Regionales de Circuito, los Jueces de Primera Instancia, los Jueces Laborales y los Jueces Locales que estén en funciones, (…) no pueden ser abogados en causa ajena, apoderados, asesores o árbitros de derecho, ni desempeñar ningún empleo, cargo o comisión de la Federación, del Gobierno del Estado, de otras entidades, de los municipios, o de particulares”, indica la Constitución Política del Estado de Sonora en su marco normativo local.

Obligaciones de independencia tras la reforma al Poder Judicial
A su vez, la dualidad de funciones de Blanca Diva Ponce Caro contradice el discurso del oficialismo tras la reforma al Poder Judicial, la cual fijó en el artículo 116 de la carta magna que las entidades federativas tienen la obligación de salvaguardar la autonomía de sus juzgadores mediante sus normatividades orgánicas locales, limitando de forma tajante la intervención de facciones partidistas en el entorno de los tribunales.
“La independencia de las magistradas y los magistrados y juezas y jueces en el ejercicio de sus funciones deberá estar garantizada por las Constituciones y las Leyes Orgánicas de los Estados”, estipula la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en el artículo 116 de su texto fundamental.
Antecedentes electorales y sanciones económicas del INE
La actual administradora de justicia penal realizó campaña electoral en mayo de 2025, periodo en el que prometió ante los ciudadanos transformar el Poder Judicial para castigar los delitos con el peso de la ley, obteniendo su constancia de mayoría como jueza penal en junio de 2025.
Sin embargo, el Instituto Nacional Electoral determinó la aplicación de una sanción económica en contra de la funcionaria electa debido a que incurrió en la entrega tardía y con errores técnicos de la documentación requerida para la fiscalización de sus egresos de campaña.


