Hay temas que por la inercia en la información se van relegando de tal suerte que su vigencia es muy limitada en la mente de las personas y en el interés de las mismas, hoy la información y la desinformación abundan unas con interés autentico y otras con intereses oscuros de tal suerte que emitir opiniones sobre cada tema es difícil; sin embargo vemos que surgen expertos todos los días en todos los temas, hago esta propuesta de participación tratando de hacer un análisis desde el punto de vista de mi experiencia y mi formación académica como médico especialista, abogado y Doctorando en Administración pública.
Inicio analizando el caso de los sueros vitaminados mortales en Hermosillo, fue negligencia sí o no, pero, ¿de quién?
Del médico involucrado que no llevo los procedimientos de asepsia y antisepsia que marca la normatividad y que cada profesional en esta área está obligado a cumplir, o fue la empresa que elaboro los medicamentos utilizados o de las autoridades que deberían de estar atentos a ello por ley para dar certeza a la ciudadanía de que la persona que está consultando está bien acreditando en lo que oferta como profesional
En el primer caso debería de revisarse un análisis exhaustivo del lugar en donde se preparaban dichas soluciones y analizar el conocimiento de la norma y de los procedimientos para elaborar los mismos, analizar si existió contaminación y definir de qué tipo, que tipo de bacteria fue la causa de la muerte, revisar las posibles comorbilidades de cada paciente que originaron la decisión de aplicarse dichos sueros, esto aclararía el grado de responsabilidad del médico involucrado Jesús Maximiano ‘N’, médico acusado de homicidio culposo por la muerte de ocho pacientes revisar sus credenciales y actualización profesional.
Por otro lado, es necesario revisar donde se adquirían los medicamentos utilizados y evaluar si pertenecían al mismo lote o eran diferentes es decir deslindar el grado de responsabilidad de los mismos y por ultimo analizar el grado de responsabilidad por comisión u omisión en la supervisión de los establecimientos en donde se aplicaban dichos soluciones de parte de la autoridad responsable en este caso la Secretaria salud revisar cuando se le practicó la última revisión no solo los documentos sino el establecimiento en lo general. Esto nos permitirá poder hacer un análisis de si existe responsabilidad o no del médico o de quien es el verdadero responsable.
Por otro parte, está la responsabilidad real de la autoridad judicial al no tomar medidas de prevención para que no exista la evasión de la justicia logrando evadirla a pesar de que el abogado logro tramitarle un amparo al cual no asistió a su audiencia inicial en los juzgados locales. Su ausencia desafía la justicia sonorense y arriesga el amparo federal que lo protegía, abriendo la puerta a su detención la
pregunta es a que se atiene cuando era una gran oportunidad para que aclarara lo que ocurrió y que la autoridad judicial pudiera determinar su grado de responsabilidad en la misma.
Desde la óptica médica y legal, este hecho no es solo mala praxis clínica; es un síntoma de impunidad institucional. La salud pública y el estado de derecho exigen un diagnóstico penal contundente.
Análisis, La inasistencia del imputado, sumada a la reciente recompensa de 500 mil pesos emitida por la Fiscalía General de Justicia del Estado de Sonora, evidencia que el amparo federal dejó de ser una legítima defensa técnica para convertirse en una estrategia de evasión judicial. El retraso en las audiencias iniciales re victimiza a las familias sonorenses afectadas, quienes han tenido que recurrir a la solicitud de exhumaciones para fundamentar los dictámenes médicos y toxicológicos correspondientes.
Para evitar este tipo de eventos es necesario implementar auditorías coordinadas entre las autoridades locales y federales (Cofepris) para inspeccionar de manera aleatoria los insumos y mezclas clínicas en todos los consultorios médicos y centros homeopáticos registrados en Sonora que se dedican a estas actividades.
Impulsar desde el Congreso Local del Estado una reforma penal que aumente la punibilidad específica para el homicidio culposo derivado de negligencia médica o técnica con dolo eventual comprobada, especialmente al emplear sustancias no verificadas en el cuadro básico de salud.
Y por último elaborar un padrón ciudadano de médicos certificados: que la autoridad SS o los colegios médicos del estado den a conocer mediante una plataforma digital de consulta pública y gratuita donde los ciudadanos puedan validar en tiempo real las cédulas, especialidades profesionales y antecedentes de sanciones administrativas de cualquier profesional de la salud antes de someterse a tratamientos invasivos. Porque también en estos supuestos se encuentran los centros de medicina estética que actúan libremente sin control y mediante argucias legales logran evitar las sanciones.
Es cuanto…

